Prohibicion de CAZA DE PAJAROS

Ordenanza Nº 19.880

Prohibición de captura de pájaros  - Ciudad de Buenos Aires

AD 560.2 BM 12.467 Año 1964

Incorporada al Regimen de Faltas de la Ciudad de Buenoss Aires - Ley Nº 451

 

Artículo 1º - Prohíbese en todo el territorio de la Capital Federal la caza, por cualquier medio, de

cualquier especie de pájaros, tanto en la vía pública como en parques, plazas, paseos, cementerios o zonas "parquizadas" de reparticiones nacionales o municipales y aun dentro de las propiedades particulares.

 

Artículo 2º - El Departamento Ejecutivo dará amplia publicidad a esta disposición y solicitará la colaboración de la Policía Federal y demás organismos públicos o privados para su mejor cumplimiento (Derogado por Art. 4°, Anexo II. 30 de la Ley 451)